{"id":6769,"date":"2019-01-25T21:12:31","date_gmt":"2019-01-25T21:12:31","guid":{"rendered":"https:\/\/redinternacional.net\/?p=6769"},"modified":"2021-05-05T21:12:52","modified_gmt":"2021-05-05T21:12:52","slug":"grupo-de-lima-cuando-la-ignorancia-se-pretende-convertir-en-derecho-por-sergio-rodriguez-gelfenstein","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/redinternacional.net\/2019\/01\/25\/grupo-de-lima-cuando-la-ignorancia-se-pretende-convertir-en-derecho-por-sergio-rodriguez-gelfenstein\/","title":{"rendered":"Grupo de Lima: cuando la ignorancia se pretende convertir en derecho – por Sergio Rodr\u00edguez Gelfenstein"},"content":{"rendered":"
En julio de 1867, en su primer manifiesto dirigido al pueblo mexicano despu\u00e9s de haber entrado triunfante a la capital tras la derrota del imperio austr\u00edaco, el presidente Benito Ju\u00e1rez enunci\u00f3 una frase que marcar\u00eda para siempre la historia de M\u00e9xico y dejar\u00eda una impronta en Am\u00e9rica Latina: \u201cEntre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz\u201d. Tal vez, podr\u00eda considerarse esta frase como uno de los pilares fundantes del derecho internacional latinoamericano y un aporte a la b\u00fasqueda de mantener relaciones armoniosas entre los pueblos y gobiernos del mundo.<\/p>\n
Unos a\u00f1os antes, Andr\u00e9s Bello, en su obra \u201cPrincipios de Derecho internacional\u201d publicada en Caracas en 1837, transformada en texto obligado de consulta de las canciller\u00edas de la regi\u00f3n y adoptada como texto de estudio en varias universidades de Am\u00e9rica Latina, el educador, diplom\u00e1tico y jurisconsulto venezolano hizo menci\u00f3n a las particularidades y a la diversidad de la regi\u00f3n, buscando sin embargo -en t\u00e9rminos del derecho- conciliar el pensamiento universalista vigente con el americano emergente.<\/p>\n
Lo cierto es que en fecha cercana a la derrota definitiva del imperio espa\u00f1ol en Am\u00e9rica y con el surgimiento de nuevas rep\u00fablicas comenz\u00f3 a construirse una doctrina jur\u00eddica propia de la regi\u00f3n que habr\u00eda de hacer importantes contribuciones, muchas veces in\u00e9ditas al derecho internacional, los que se constituir\u00edan en destacados cimientos para la estructuraci\u00f3n s\u00f3lida del sistema internacional actual, toda vez que se manifiestan en la propia Carta de la ONU, as\u00ed como en otras esferas del orden jur\u00eddico internacional. Al recrear estas letras, hecho mano a la memoria y a mis notas de las ya lejanas clases de Derecho Internacional en la universidad para recordar el extraordinario aporte de nuestra regi\u00f3n a la edificaci\u00f3n de un corpus jur\u00eddico para el mundo.<\/p>\n
Ya en 1820, plenipotenciarios de Colombia encabezados por quien despu\u00e9s ser\u00eda el Gran Mariscal de Ayacucho, Antonio Jos\u00e9 de Sucre, bajo orientaci\u00f3n del Libertador Sim\u00f3n Bol\u00edvar firmaron con representantes de la monarqu\u00eda espa\u00f1ola, el Tratado de Regularizaci\u00f3n de la Guerra que es considerado el principal antecedente del Derecho Internacional Humanitario actual.<\/p>\n
El diplom\u00e1tico y jurista argentino Carlos Calvo, autor de \u201cEl derecho internacional te\u00f3rico y pr\u00e1ctico de Europa y Am\u00e9rica\u201d estableci\u00f3 antes que nadie el principio de que las controversias en contratos internacionales no podr\u00edan ser reclamados por v\u00eda diplom\u00e1tica o mediante la agresi\u00f3n armada, evitando de esa manera que los pa\u00edses m\u00e1s poderosos pudieran utilizar tales controversias como mecanismos de intervenci\u00f3n. Calvo apelaba a la soluci\u00f3n pac\u00edfica de controversias como el \u00fanico instrumento v\u00e1lido de la diplomacia para regir las relaciones internacionales a partir de la consagraci\u00f3n de la igualdad jur\u00eddica entre los Estados, como consecuencia fue el fundamento doctrinario para impedir el uso de la fuerza. Pronto, este precepto que fue largamente vetado por Estados Unidos en las primeras conferencias panamericanas, se traslad\u00f3 al \u00e1mbito extra regional convirti\u00e9ndose en los hechos en principio rector de pol\u00edtica internacional de alcance planetario. Los preceptos jur\u00eddicos esbozados por Calvo dieron forma -de manera m\u00e1s acabada- a la Doctrina Drago, llamada as\u00ed en honor a su autor el ministro de relaciones de Argentina, Luis Mar\u00eda Drago quien estableci\u00f3 que ning\u00fan Estado extranjero pod\u00eda utilizar la fuerza contra una naci\u00f3n americana con el objetivo de cobrar una deuda.<\/p>\n
En otro \u00e1mbito, ya en pleno siglo XX, afrontando la realidad de Europa que fue testigo de dos guerras imperialistas en poco m\u00e1s de 30 a\u00f1os, los pa\u00edses latinoamericanos impulsaron -tras el fin de la segunda guerra mundial- la aceptaci\u00f3n universal de estos principios consagrados en el derecho americano (ninguno de los cuales fuera elaborado ni promovido por Estados Unidos o Canad\u00e1) y lograron su incorporaci\u00f3n a la Carta de las Naciones Unidas, ocupando un lugar prominente en el art\u00edculo 2 de dicho documento<\/p>\n
El desarrollo posterior del derecho y los aportes latinoamericanos permitieron que nuestra regi\u00f3n fuera la primera en el mundo en declararse libre de armas nucleares tras la firma en 1967 del \u201cTratado de Tlatelolco para la Proscripci\u00f3n de las Armas Nucleares en Am\u00e9rica Latina\u201d, estableciendo nuevamente un principio que pronto fue imitado por otras regiones del planeta. Un paso adelante fue la adopci\u00f3n por la 2da. Cumbre de pa\u00edses de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribe\u00f1os (CELAC) celebrada en La Habana en 2014 del acuerdo por el cual se declaraba a Am\u00e9rica Latina y el Caribe, como Zona de Paz.<\/p>\n
Otros aportes de Am\u00e9rica Latina al Derecho Internacional dicen relaci\u00f3n con la instituci\u00f3n del asilo diplom\u00e1tico, adoptado en Am\u00e9rica Latina antes que en cualquier otro lugar del mundo e incluido en el derecho americano en la Convenci\u00f3n de La Habana de 1928 y reiterada en Montevideo (1933) y Caracas (1954) y lo relacionado al refugio como \u00e1mbito del derecho internacional, que casi a finales del siglo pasado se extendi\u00f3 a los desplazados internos y ciudadanos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad Tambi\u00e9n, ya en los proleg\u00f3menos del siglo XX el jurista brasile\u00f1o Clovis Bevilaqua esboz\u00f3 planteamientos en defensa de la soberan\u00eda como eje de la existencia de los Estados.<\/p>\n
Este recuento no estar\u00eda completo si no se hiciera menci\u00f3n de la doctrina latinoamericana en materia de reconocimiento de gobiernos que se debe al Canciller ecuatoriano Carlos Tobar en 1907, la que a\u00f1os m\u00e1s tarde, en 1930, dio paso a la propuesta elaborada por el canciller de M\u00e9xico Genaro Estrada quien adoptando los principios de no intervenci\u00f3n e igualdad entre Estados formul\u00f3 un cuerpo doctrinario para impedir el otorgamiento de reconocimiento a gobiernos de facto que surgieran del violentamiento del orden constitucional.<\/p>\n
As\u00ed, se hace evidente que los pa\u00edses latinoamericanos han encontrado a trav\u00e9s de la historia, los instrumentos jur\u00eddicos necesarios para dar respuesta a los conflictos y a las crisis surgidas en el entorno, buscando en el seno del derecho la manera de solucionar las controversias a trav\u00e9s del di\u00e1logo y la negociaci\u00f3n. Cada vez que estos han fallado, se ha recurrido a la guerra fratricida, de las que s\u00f3lo ha salido ganando Estados Unidos que nos divide, y las oligarqu\u00edas locales que se hacen de los dividendos de la guerra, la reconstrucci\u00f3n y las reparticiones de los botines.<\/p>\n
En este marco, los pueblos de Latinoam\u00e9rica y el Caribe fieles a una tradici\u00f3n y a una cultura que tiene muchos elementos en com\u00fan, han sido capaces de contribuir a la construcci\u00f3n de un marco jur\u00eddico para la regi\u00f3n, que adem\u00e1s ha servido -en muchos casos- para todo el mundo, vale decir, no obstante, que a\u00fan las oligarqu\u00edas locales hacen uso del entramado jur\u00eddico en beneficio propio, aunque en el plano internacional se mantienen algunas normas que a pesar de las diferencias, siguen siendo respetadas.<\/p>\n
Estas doctrinas, principios y preceptos son estudiados y conocidos en las canciller\u00edas de casi todos los pa\u00edses de Am\u00e9rica Latina y el Caribe. Lo s\u00e9 porque intercambio con colegas de varios pa\u00edses, a pesar de las diferencias pol\u00edticas o ideol\u00f3gicas que orientan los gobiernos, una buena parte de estos Estados tienen cuerpos diplom\u00e1ticos de alto nivel profesional.<\/p>\n
No tengo ninguna duda, que a esos profesionales no les mostraron la declaraci\u00f3n del Grupo de Lima del 4 de enero y mucho menos el art\u00edculo 9 de ese adefesio jur\u00eddico que pretende tener cabida en el derecho internacional. Estoy seguro que de haberlo revisado, lo habr\u00edan rechazado: el esp\u00edritu de Calvo, de Drago, de Bevilaqua, de Tobar y de muchos otros est\u00e1 presente en muchos honestos servidores p\u00fablicos del servicio exterior latinoamericano (excluyo a Canad\u00e1, cuya canciller\u00eda es una agencia m\u00e1s del Departamento de Estado de Estados Unidos). Tampoco a Paraguay, donde gobierna el partido que gobern\u00f3 dictatorialmente a sangre y fuego ese pa\u00eds durante 35 a\u00f1os, que fue guarida de nazis y que hoy mismo ha sido calificado como un narcoestado y refugio de contrabandistas de armas en connivencia con el gobierno por sus propios jefes del departamento de Estado de Estados Unidos<\/p>\n
\u00c9l art\u00edculo 9 de la Declaraci\u00f3n de Lima del 4 de enero nos lleva a la terrible realidad y a la brutal constataci\u00f3n de que el derecho internacional americano ha ca\u00eddo en manos de una tropa de ignorantes que no temen hacer alarde de su mediocridad para emitir opiniones pol\u00edticas, arropadas en su car\u00e1cter de presidentes tratando de darle un manto jur\u00eddico a pr\u00e1cticas intervencionistas y belicistas.<\/p>\n
Que pueden entender de derecho internacional personajes como Pi\u00f1era, Macri, Duque, Varela, Abdo Ben\u00edtez, Jimmy Morales, Juan Orlando Hern\u00e1ndez o Vizcarra cuando se han pasado parte importante de sus vidas, eludiendo la justicia de sus pa\u00edses, como se evidencia de sus propios historiales. As\u00ed, como creen que sus pa\u00edses (orden jur\u00eddico incluido) son propiedad privada de ellos y de las clases sociales que representan, pretenden que el derecho internacional se subordine a sus caprichos y a sus aberraciones.<\/p>\n
La cala\u00f1a de estos personajes, que sin impudicia se proponen violentar el orden internacional nos expone a una grave situaci\u00f3n, sobre todo porque en la medida que se han autodenominado \u201copini\u00f3n p\u00fablica internacional\u201d hacen que los medios de comunicaci\u00f3n que los apadrinan apabullen y avasallen de informaci\u00f3n falsa al mundo (ver los medios transnacionales de informaci\u00f3n del 4 y 5 de enero) generando condiciones para las intervenciones militares como en el caso de Irak, de Libia y de Siria, guerras desatadas por gobiernos imperiales coludidos con los grandes medios transnacionales de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n
En este caso recapacitaron, (con excepci\u00f3n del insignificante gobierno de Paraguay y la provincia anglo francesa del norte de Estados Unidos) pero el peligro se mantiene latente, la creencia de que el derecho internacional est\u00e1 sus pies y que debe subordinarse a sus designios pol\u00edticos por encima de la ley, pone a nuestra regi\u00f3n en una situaci\u00f3n de extrema fragilidad jur\u00eddica. Ser\u00e1n responsables de cualquier agresi\u00f3n contra Venezuela u otro pa\u00eds de la regi\u00f3n y m\u00e1s temprano que tarde pagar\u00e1n por ello.<\/p>\n
Sergio Rodr\u00edguez Gelfenstein, 25 enero 2019<\/p>\n
sergioro07@hotmail.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
El derecho internacional americano ha ca\u00eddo en manos de una tropa de ignorantes que no temen hacer alarde de su mediocridad En julio de 1867, en su primer manifiesto dirigido al pueblo mexicano despu\u00e9s de haber entrado triunfante a la capital tras la derrota del imperio austr\u00edaco, el presidente Benito...<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":9207,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1375],"tags":[],"class_list":["post-6769","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6769","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6769"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6769\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9209,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6769\/revisions\/9209"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9207"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6769"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6769"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/redinternacional.net\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6769"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}